Intereses de demora del seguro y del Consorcio: cuándo reclamarlos

Cuando ocurre un siniestro y el seguro acepta la cobertura, la mayoría de asegurados da por hecho que la indemnización llegará “cuando toque”. Sin embargo, la ley no deja este punto al azar: el retraso injustificado en el pago genera intereses de demora, tanto en aseguradoras privadas como en el Consorcio de Compensación de Seguros.
Lo sorprendente es que muy pocos asegurados reclaman estos intereses, a pesar de tener derecho a ellos.
En este artículo explicamos cuándo proceden, cómo se calculan y por qué suelen ignorarse incluso en expedientes claramente bloqueados.
Qué son los intereses de demora en el seguro
Los intereses de demora son una penalización legal que se aplica a la aseguradora cuando no paga la indemnización dentro de los plazos establecidos por la Ley de Contrato de Seguro.
No son una compensación automática. No se aplican de oficio. Pero existen y pueden reclamarse.
Su objetivo es evitar que el retraso juegue a favor de la aseguradora y en perjuicio del asegurado.
Qué dice la ley: plazos claros
La Ley de Contrato de Seguro establece dos hitos fundamentales:
- 40 días desde la declaración del siniestro para pagar el importe mínimo que pueda deberse.
- 3 meses para pagar la indemnización completa, salvo causa justificada.
Cuando estos plazos se incumplen sin una causa real, comienzan a generarse intereses de demora.
Cuándo se considera que hay retraso injustificado
No todo retraso genera intereses. Pero sí lo hacen situaciones como:
- expedientes aceptados que quedan “en revisión” indefinidamente
- peritajes realizados sin propuesta de pago
- bloqueos administrativos sin explicación técnica
- silencio prolongado tras aceptar cobertura
- adelantos parciales sin cierre posterior
Este tipo de bloqueos los vemos con frecuencia en siniestros complejos, como explicamos aquí: El seguro no responde y el expediente está parado
Intereses de demora en el Consorcio de Compensación de Seguros
Existe la creencia de que el Consorcio “no paga intereses”. No es correcto.
El Consorcio está sujeto al mismo régimen legal cuando:
- La cobertura está clara
- El daño está acreditado
- Y el retraso no está justificado por causas excepcionales; se empiezan a generar intereses a partir de los 90 días; una cosa a tener en mente es que el Consorcio de Seguros no revisa expedientes ni paga intereses por defecto; solo paga si se le reclaman.
En siniestros por DANA o inundaciones extraordinarias, los retrasos masivos no eliminan automáticamente el derecho del asegurado.
Cómo se calculan los intereses de demora
El régimen de intereses en seguros es especialmente gravoso para la aseguradora:
- Durante los dos primeros años: interés legal del dinero + 50 %
- A partir del segundo año: mínimo del 20 % anual
Esto significa que, en expedientes largos, los intereses pueden alcanzar importes muy relevantes.
Por qué casi nadie los reclama
En nuestra experiencia, los intereses de demora no se reclaman por varios motivos:
- desconocimiento del derecho
- miedo a “empeorar la relación” con la aseguradora
- expedientes mal documentados
- falta de asesoramiento técnico
- creencia de que “no merece la pena”
En realidad, introducir este concepto suele desbloquear expedientes.
Cuándo conviene plantear los intereses de demora
No es una amenaza. No es confrontación.
Conviene plantearlo cuando:
- La cobertura está aceptada
- El daño está peritado
- El expediente está estancado
- No existe causa técnica real del retraso
En muchos casos, solo mencionar correctamente este derecho cambia la actitud de la aseguradora.
Relación con peritajes y expedientes bloqueados
Los intereses de demora suelen aparecer en expedientes con:
- Peritajes a la baja
- Revisiones interminables
- Falta de perito activo
- Siniestros técnicamente complejos
Estos escenarios los analizamos en detalle aquí: Peritajes a la baja: por qué ocurren
Qué puede hacer el asegurado
Cuando existe retraso injustificado, el asegurado puede:
- Exigir motivación escrita del retraso
- Reclamar intereses de demora
- Reorganizar el expediente técnicamente
- Designar perito de parte
- Escalar la reclamación correctamente
El proceso completo lo explicamos aquí: Daños en viviendas y negocios: cómo reclamar al seguro
Conclusión
El retraso en la indemnización no es solo una molestia: puede generar un derecho económico adicional para el asegurado.
Los intereses de demora existen, están regulados y, cuando proceden, no deberían ignorarse.
En muchos expedientes bloqueados durante meses, este derecho marca la diferencia entre aceptar el retraso o corregirlo.
¿Tu indemnización lleva meses sin pagarse?
Analizamos retrasos injustificados, expedientes bloqueados y reclamaciones ante aseguradoras y el Consorcio.
A veces, introducir el enfoque correcto cambia el escenario.
Fecha de creación: 2026-01-02
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