Una grieta nueva después de un terremoto no debería despacharse con un “es solo estética”. Tampoco significa, por sí sola, que exista un problema estructural. Entre esos dos extremos está la parte que importa en una reclamación: saber qué cambió, dejar prueba de cuándo apareció y valorar cuánto cuesta devolver el inmueble al estado anterior.
En Granada esa discusión ya está ocurriendo. El Instituto Geográfico Nacional registró en la madrugada del 15 de agosto un terremoto de magnitud 4,8 al noreste de Alhendín, con intensidad máxima V-VI en varias localidades del área metropolitana. Consultar la ficha del IGN.
Una semana después, el Consorcio de Compensación de Seguros había recibido 12.531 solicitudes por daños materiales. 11.719 correspondían a viviendas y comunidades de propietarios. Granada capital concentraba 6.086 solicitudes, seguida por Ogíjares, Armilla, Churriana de la Vega, Las Gabias y La Zubia. La estimación preliminar del propio Consorcio superaba los 35 millones de euros. Son cifras publicadas a 21 de agosto de 2026 y seguirán cambiando a medida que avance la peritación. Ver la segunda nota informativa del Consorcio.
Con ese volumen de expedientes, el riesgo no es solo que la tramitación tarde. También existe el riesgo de dar por buena una primera valoración cuando todavía no se ha identificado todo el daño.
Qué paga el Consorcio y por qué tu póliza sigue importando
Los daños sísmicos están cubiertos por el Seguro de Riesgos Extraordinarios. El Consorcio indemniza cuando las personas o los bienes afectados estaban amparados por una póliza en vigor en el momento del terremoto.
Eso no convierte la póliza en un documento secundario. Al contrario: bienes asegurados, capitales, límites y condiciones siguen siendo relevantes para calcular la indemnización. En los expedientes que hemos revisado por DANA, una parte importante de las diferencias no estaba en discutir si el siniestro existía, sino en comprobar qué se había medido, qué se había omitido y cómo se había aplicado la póliza.
Si quieres entender esa lógica antes de recibir la valoración, puedes leer por qué una indemnización del Consorcio puede quedarse corta. Y si aparece una reducción por capital asegurado, conviene revisar también cómo se aplica el infraseguro y la tolerancia en expedientes del Consorcio.
Grietas y desprendimientos: el problema es demostrar qué ha cambiado
Los daños evidentes son sencillos de situar: un revestimiento que cae, una cornisa rota o una pieza desprendida. Las discusiones más difíciles suelen empezar con daños menos espectaculares: una fisura diagonal sobre una ventana, un falso techo desplazado, una puerta que ha dejado de cerrar bien o una junta que se ha abierto.
Una grieta nueva no se prueba solo con una foto de hoy
Busca imágenes anteriores. No tienen que ser fotografías técnicas. Una foto familiar, un anuncio inmobiliario, imágenes de una reforma o fotografías de mantenimiento pueden ayudar a demostrar cómo estaba esa pared antes del terremoto. En comunidades también pueden servir actas, informes previos o fotografías de zonas comunes.
Si aparecen fisuras similares en varias viviendas del mismo edificio, o hubo desprendimientos inmediatamente después del seísmo, esa información también ayuda a construir la cronología.
“No hay daño estructural” no significa “no hay daño indemnizable”
Que un técnico descarte un problema estructural grave es una buena noticia. Pero eso no elimina, por sí solo, daños en revestimientos, falsos techos, carpinterías, cornisas, instalaciones u otros elementos constructivos. Seguridad estructural y valoración económica del daño son dos cuestiones distintas.
Comunidades de propietarios: un terremoto, varias pólizas
En un edificio puede haber daños simultáneos en fachada, portal, cubierta o instalaciones comunes y, al mismo tiempo, grietas o desprendimientos dentro de varias viviendas. Si cada vecino inicia una reclamación sin saber qué elemento corresponde a quién, es fácil que aparezcan duplicidades o, peor, partidas que nadie termina reclamando.
Antes de repartir responsabilidades por teléfono, conviene identificar el elemento dañado y revisar la póliza de la comunidad y las pólizas particulares. Nuestra guía sobre cómo coordinar varias pólizas en un mismo siniestro explica este punto con más detalle.
Antes de pintar o reparar, deja rastro del daño
Después de la DANA vimos muchas veces el mismo problema: se limpia, se retira o se repara por necesidad y, cuando llega la discusión sobre la indemnización, ya no existe la mejor prueba del estado inicial. En un terremoto el daño es diferente, pero el problema documental es el mismo.
No hace falta enviar cientos de fotografías. Es mejor que una persona que no ha estado en la vivienda pueda entender el daño siguiendo una secuencia sencilla:
1. Una fotografía general de la estancia, fachada o zona común.
2. Una fotografía intermedia que sitúe el elemento afectado.
3. Una fotografía de detalle de la grieta, desprendimiento o rotura.
4. Una referencia de escala cuando ayude: regla, metro o elemento de tamaño conocido.
5. Un vídeo corto si existe holgura, movimiento o riesgo de desprendimiento.
6. Fotografías previas y factura si una reparación no puede esperar a la visita del perito.
El Consorcio pide conservar los restos de los bienes dañados cuando sea posible y, si deben retirarse, fotografiarlos antes. También recomienda conservar las facturas de reparaciones urgentes.
Si el perito dice que el daño ya existía
Será una de las discusiones previsibles en edificios con cierta antigüedad. Una pared antigua puede tener marcas previas; eso no significa que cualquier fisura observada después del terremoto sea necesariamente preexistente.
Si aparece ese argumento, no respondas solo diciendo que “antes no estaba”. Reúne fotografías anteriores, fecha de aparición, evolución, localización y, cuando sea necesario, criterio técnico. Puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía sobre daño preexistente y falta de mantenimiento.
Cuando llegue la valoración del Consorcio, revisa el desglose
La visita del perito no convierte la primera valoración en definitiva. Cuando recibas el informe, propuesta o desglose, compáralo con el inmueble y con tu propia documentación.
¿Aparecen todas las estancias y zonas afectadas?
¿Se han separado correctamente elementos comunes y daños dentro de las viviendas?
¿Las mediciones coinciden con la realidad?
¿Se ha incluido el contenido dañado cuando procede?
¿Han aparecido daños después de la primera visita que todavía no constan?
¿El coste previsto permite ejecutar realmente la reparación?
¿Se ha aplicado alguna reducción por capital, límite o infraseguro que deba revisarse?
Si el resultado no cuadra, una reclamación útil no empieza con “me parece poco”. Empieza identificando la diferencia: qué falta, cuánto mide y por qué la solución propuesta no devuelve el bien a su estado anterior. La guía de MataSeguros para reclamar cuando pagan poco o cierran el expediente explica cómo ordenar esa revisión.
| ¿Ya tienes la valoración del Consorcio?Si quieres una segunda revisión antes de aceptar el cierre, puedes solicitar una llamada o enviarnos la documentación por WhatsApp.Solicitar una llamada | Hablar por WhatsApp |
Si el expediente no avanza
En un siniestro masivo es normal que exista carga de trabajo. Lo que no conviene es dejar pasar semanas sin saber qué está pendiente. El Consorcio permite consultar el estado del expediente y las comunicaciones importantes deberían quedar por escrito.
Si la reclamación entra en silencio, revisa cómo actuar cuando un expediente queda bloqueado. Reordenar documentación, identificar qué falta y formular una petición concreta suele ser más eficaz que acumular llamadas.
Inhabitabilidad y pérdida de beneficios: pueden existir, pero no son automáticas
El Consorcio indica expresamente que la pérdida de beneficios debe estar asegurada en la póliza y ser consecuencia de un daño directo en los bienes asegurados. En vivienda, la posible inhabitabilidad también exige revisar lo contratado y demostrar por qué el inmueble no puede utilizarse con normalidad.
No basta con decir que da miedo volver a casa. Hay que documentar la causa objetiva: riesgo de desprendimiento, acceso restringido, instalaciones inutilizadas, obras incompatibles con la ocupación u otra circunstancia que pueda acreditarse.
Qué haríamos hoy si el daño está en tu vivienda o comunidad
1. Confirmar que la comunicación del daño al Consorcio está correctamente abierta.
2. Hacer un inventario breve por estancias y, en comunidades, por zonas comunes.
3. Fotografiar antes de reparar y conservar facturas de cualquier actuación urgente.
4. Separar daños privativos y comunitarios antes de repartirlos entre pólizas.
5. Guardar póliza, recibo, número de expediente y comunicaciones en una única carpeta.
6. Revisar la valoración partida por partida antes de aceptar el cierre.
Un terremoto dura segundos. La discusión sobre una grieta puede durar meses si el expediente nace sin pruebas. No se trata de exagerar el daño: se trata de documentarlo antes de que desaparezca.
¿Tienes daños por los terremotos de Granada?
Si han aparecido grietas, desprendimientos o daños en tu vivienda o comunidad y ya existe una valoración del Consorcio -o el expediente está parado-, podemos hacer una revisión inicial de la documentación y decirte si vemos margen real para reclamar.
Para revisar el caso solemos necesitar la póliza, el número de expediente, el informe o valoración si ya existe, fotografías y los presupuestos disponibles. Puedes solicitar una llamada desde el formulario de contacto o, si te resulta más cómodo, escribirnos por WhatsApp.
Si antes quieres entender el proceso, consulta cómo trabajamos y las opiniones de clientes. Nuestro modelo es a éxito: solo cobramos honorarios si se obtiene una compensación económica, con las condiciones que se acuerdan para cada expediente.
Preguntas frecuentes
¿El Consorcio cubre los daños provocados por un terremoto?
Sí. Los daños sísmicos están incluidos en el Seguro de Riesgos Extraordinarios, siempre que las personas o bienes afectados estén amparados por una póliza de seguro en vigor en los términos aplicables.
¿Puedo reclamar una grieta que apareció después del terremoto?
Puede existir un daño reclamable si se acredita razonablemente su relación con el terremoto. Fotografías anteriores, evolución, ubicación del daño y valoración técnica pueden ser relevantes.
¿Qué ocurre si me dicen que no hay daño estructural?
Que no exista daño estructural grave no elimina otros daños materiales. Revestimientos, cerramientos, falsos techos, cornisas, instalaciones o acabados pueden seguir necesitando reparación.
¿Puede reclamar una comunidad de propietarios?
Sí. Cuando hay daños en elementos comunes conviene revisar la póliza comunitaria y coordinarla con las pólizas particulares si también existen daños dentro de las viviendas.
Fuentes oficiales usadas
Instituto Geográfico Nacional – terremoto M4,8 NE de Alhendín
Consorcio – segunda nota informativa sobre los terremotos de Granada (21/08/2026)

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